Se acerca la Navidad y con ella el trabajo en festivos, los horarios especiales, etc. USO te informa sobre tus derechos laborales en esta época
Con la Navidad llegan los horarios especiales, el trabajo en festivos y las dudas sobre derechos laborales. Desde USO queremos recordarte cuáles son tus derechos durante estas fechas clave, desde la compensación por trabajar en festivo hasta la paga extra o la cesta de Navidad.
Trabajo en festivos: lo que debes saber
Primero de todo, debes consultar tu convenio, donde puede especificarse alguna de tus condiciones laborales si trabajas días festivos, entre las que se encuentran:
- compensación con descansos;
- cobro de horas trabajadas como horas extra;
- el pago de un complemento por trabajar en festivo,
- o no distinguir entre días festivos y laborables y que sea un día más de trabajo, cobrando lo mismo
Si no recoge nada, el Estatuto de los Trabajadores dice que algunos festivos, como el 25 de diciembre y 1 de enero, son festivos no recuperables. Por eso, te los tienen que compensar con descanso.
Recuerda que los días de Navidad (25 de diciembre), Año Nuevo (1 de enero) y Reyes (6 de enero) son festivos nacionales. Sin embargo, los días 24 y 31 de diciembre se consideran días laborales. Por eso, revisa tu convenio para confirmar si es laborable o si se establece un horario especial.
¿Qué pasa con la cesta de Navidad?
La cesta de navidad es un obsequio que realiza la empresa a sus trabajadores. Algunos convenios recogen este asunto pero otros, no.
¿Qué ocurre si un año concreto la empresa decide no dar cesta?Habrá que iniciar una reclamación. Si la empresa lleva años dando cesta de Navidad, se convierte en un derecho adquirido y no se puede eliminar. El Supremo lo consideró así en una sentencia como “condición de trabajo incorporada al contrato“, tras demanda de USO, y también, en otro caso, como “condición más beneficiosa para el trabajador“, por lo que no puede eliminarse sin negociación colectiva.
Por tanto, si la empresa quiere dejar de dar ese obsequio por Navidad, están obligados a negociarlo con los representantes de las personas trabajadoras. No pueden tomar la decisión por su cuenta y sin causa o justificación del por qué de esa nueva decisión.
Paga extra de Navidad
La paga extraordinaria es una remuneración adicional al salario a la que tienen derecho todos los trabajadores por cuenta ajena. Recuerda que el derecho a las pagas extra se genera por cada día que se trabaja.
Si tienes el sueldo repartido en 14 mensualidades, este mes recibirás la paga de Navidad. Revisa en tu convenio colectivo la fecha en la que debe abonarse y su cuantía. Y si tu empresa no te la abona o no lo hace correctamente, tienes un año para reclamarla.
En Navidad, tus derechos no se van de vacaciones. Si tienes dudas o necesitas asesoramiento, contacta con USO para asegurar que se respeten tus condiciones laborales
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